El decreto de Macri habilita a que el Estado se quede con bienes y dinero generados por delitos graves, como corrupción y narcotráfico.
Qué es la extinción de dominio y para qué sirve
Este lunes, Mauricio Macri anunció la firma de un decreto que pone en marcha la extinción de dominio, un instituto jurídico dirigido a recuperar los bienes de origen ilícito (ver infografía al pie).
Es similar a la norma que se discutió en el Congreso Nacional, pero tiene algunas diferencias.
Como sea, la medida fue anunciada por el presidente desde el Salón Blanco de la Casa de Gobierno, en el marco de una rueda de prensa convocada por Presidencia y, rápidamente, provocó la curiosidad de propios y ajenos.
A continuación, lo que hay que saber:
¿Qué es?
La extinción de dominio es un término utilizado para referirse a la manera en la que el Estado le quita a una persona los bienes relacionados con un delito.
¿Cómo se aplica?
El objetivo de dicha herramienta legal es que se separe la condena penal del destino de los bienes que se hayan logrado a través de los delitos descubiertos.
De esta manera, mientras los acusados enfrentan el proceso penal, los bienes pasarían a la Justicia civil, que podría determinar de manera más rápida si provienen de actividades ilícitas y, en consecuencia, el Estado podría confiscarlos.
Pero, según explicó el ministro de Justicia, Germán Garavano, el Estado se quedará con los bienes de la corrupción y el crimen organizado una vez que un tribunal dicte una sentencia y ésta quede firme. Antes de esa instancia, solo estarán embargados.
¿Qué diferencia tiene con la ley que se discute en el Congreso?
Según explicó el ministro de Justicia, Germán Garavano, al término del anuncio oficial, a diferencia del proyecto que se elaboró en el Senado esta se trata de una iniciativa cuyo ámbito de acción será el fuero Civil y Comercial Federal.
"Prevé una nueva procuraduría en el Ministerio Fiscal, y son los fiscales los que van a determinar cada caso", explicó el funcionario. Asimismo, los bienes decomisados pasarán a ser administrados por el Administración de Bienes del Estado (ABE).
¿Puede ser impugnado el decreto?
Garavano descartó la posibilidad: "Es una reglamentación que avanza sólo en el fuero civil, por eso no creemos posible una objeción. La impugnación solo podría hacerse si se cree que se avanza sobre la naturaleza penal".
¿Es retroactiva la medida?
La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich dijo que la medida "se puede hacer retroactiva" y que "tiene 15 años de prescripción", aunque fuentes del Gobierno aseguran que el plazo puede llegar a veinte años.