Los jueces argumentaron que una persona que quisiera matar a otra no compra una leche chocolatada para compartir antes de cometer el crimen, entre otros argumentos.
Lucía Pérez: al asesino lo salvó una chocolatada
La fiscal María Isabel Sánchez estuvo a cargo de la investigación del asesinato de Lucía Pérez, una adolescente de 16 años que fue empalada y asesinada según pudo determinar la fiscalía.
Pero el Tribunal Oral Criminal nº1 de Mar del Plata absolvió a los principales sospechosos por el asesinato de la joven: Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel, y solo condenaron a dos de ellos a ocho años de prisión por vender drogas ilícitas. La pregunta es ¿cómo llegaron a esta conclusión?
Los hechos
Según pudo concretar la investigación de la fiscal, el 8 de octubre de 2016, alrededor de las 9 de la mañana, Farías y Offidani, en la camioneta de este último, pasaron a buscar a Lucía Pérez Montero, y la llevaron hasta la casa de Farías, con la finalidad de abusar sexualmente de la adolescente aprovechándose de su condición de adicta, según consigna Fernando Soriano para Infobae.
La investigadora planteó violencia y abuso de sustancias y que esa situación llevó a la muerte a Pérez, a quien Offidani, junto al cómplice, llevó en su camioneta al hospital adonde llegó sin vida.
El fallo
Sin embargo, a pesar de las pruebas presentadas por la fiscal, los jueces Pablo Viñas, Facundo Gómez Urso y Aldo Carnevale escribieron en 71 fojas los argumentos para absolver por el crimen a los imputados:
Mal desempeño de la fiscal
Los jueces consideraron que fue Sánchez quien instaló en la opinión pública el "empalamiento" que, para los magistrados, nunca existió. Sostuvieron que la doctora "expuso sin ningún tipo de tapujo que la menor Lucía Pérez había fallecido producto de una agresión sexual inhumana provocada por un empalamiento anal" u "horripilante historia surgida de la propia imaginación de la Dra. Sánchez".
Además, la abogada de los acusados argumentó que las relaciones habían sido consensuadas y que la muerte de Lucía fue solo por sobredosis.
Para el juez Carnevale, que lleva la voz cantante en el fallo, "nada de eso existió". Y ataca a la fiscal: "Se está tratando de encauzar de cualquier manera el desatino inicial de la Dra. Sánchez, para satisfacer las falsas expectativas generadas por ella misma".
Vida privada
Para el magistrado Carnevale, "Lucía era una persona que llevaba una vida normal y nadie hizo mención alguna que el tema de su adicción se hubiera transformado en un tema preocupante para nadie de su entorno o que la llevara a la desesperante situación de someterse sexualmente para conseguir estupefacientes".
Aunque aclara el juez que no está en su ánimo meterse en la vida sexual de Pérez, Carnevale escribe: "Resulta muy importante para reforzar esta idea de que Lucía no estaría con nadie sin su consentimiento, el chat # 10 que ella mantuviera con un joven identificado como 'amigo de juli', en el que luego de intercambiarse insinuaciones de contenido sexual, fotografías en ropa interior y hasta del miembro viril del joven, Lucía frena el avance del mismo diciéndole de manera directa 'es que vos tenés 17 y yo he estado con chabones de 29, 28, 26, 23, 21?".
Chats privados
El Tribunal da a entender que Pérez no era una persona "que podía ser fácilmente sometida a mantener relaciones sexuales sin su consentimiento", ya que, según los jueces, por los chats registrados, era una persona que sólo consumía sustancias cuando podía comprarlas y que elegía de manera voluntaria los hombres con quienes quería estar.
"Puede visualizarse claramente el grado de autodeterminación que tenía Lucía", dice Carnevale y transcribe una charla en la que la chica cuenta cómo un dealer quiso tener relaciones sexuales con ella y no se lo permitió.
Entonces, el magistrado concluye que "de los chats analizados surge claramente que sus vivencias en ese sentido alejan por completo la posibilidad de que hubiera sido sometida sin su voluntad".
El Tribunal se pregunta: "¿Existió una relación de subordinación entre Lucía y Farías que le hicieran mantener relaciones sexuales no consentidas?".
Actitud de Farías
"Lucía tenía 16 años y Farías 23, por lo que sería muy forzado hablar de una situación de desigualdad o superioridad, sobre todo teniendo en cuenta la personalidad de Lucía quien no se mostraba como una chica de su edad y que además había referido mantener relaciones con hombres de hasta 29 años".
Para los jueces no hay elementos que indiquen que Farías fustigaba a Pérez, todo lo contrario: indican que quedó evidenciado que sentían atracción mutua. Como ejemplo, ponen que Lucía pensaba decirle que tenía 17 años para parecer más grande.
Ni tampoco pruebas que muestren intención del muchacho para abusar sexualmente de la adolescente. Considera que ellos tuvieron un "prolongado intercambio de mensajes" en los que se mandaban música y "no se hizo referencia a ningún tema sexual".
Además, consideraron destacable que Farías, en la previa a encontrarse con Lucía, "compró facturas y una Cindor" porque habían quedado en tomar el mate. "Estas actitudes no son las asumidas habitualmente por las personas con intención de cometer un hecho tan aberrante", remarca Carnevale, quien además celebró la conducta posterior del hombre.
Por su parte, Marta Montero, la mamá de Lucía, se preguntó: "Ellos no la violaron, no la mataron, no le dieron nada. Y la muerte de mi hija qué, ¿es de regalo?".
Pero el fallo indica contundencia en la decisión: "Acá no ha existido ni violencia física, psicológica, subordinación ni humillación ni mucho menos cosificación".