El pedido había sido elevado por Oikos.
La Corte rechazó un pedido de una ONG contra el fracking
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó la acción administrativa interpuesta por la ONG Oikos contra la práctica del fracking en la provincia. La organización ambientalista había interpuesto el recurso administrativo de manera incorrecta, al no haber agotado los recursos necesarios previos a recurrir al máximo tribunal. Es decir, antes de que se concluyeran los procedimientos administrativos que deben darse en el Poder Judicial.
La ONG pretendía anular la audiencia pública, que había sido convocada mediante la Resolución 501/17 y que había concluido con la firma de la Resolución 25/18, al plantear que el Decreto 248, firmado por el Gobernador. La medida busca regular la estimulación hidráulica y pone fin a la posibilidad de cuestionar por vía administrativa. Esto fue lo que motivó la presentación de la acción ante la Corte.
De esta manera, la Sala I de la Corte le dio la razón al Gobierno y sentenció que la ONG se equivocaba al interpretar como un mismo acto un conjunto complejo de actos separados.
Se confirma así el buen trabajo realizado por la Provincia de Mendoza, que llevó adelante las acciones que permitieron elaborar un reglamento que contó con la presencia de los ciudadanos en la audiencia pública y de expertos, lo que permitió llegar a la redacción de la normativa.