La AFIP puso como plazo límite para el trámite del Domicilio Fiscal Electrónico el próximo 30 de noviembre.
En noviembre vence el plazo para constituir el Domicilio Fiscal Electrónico
La AFIP puso como plazo límite para el trámite del Domicilio Fiscal Electrónico el próximo 30 de noviembre, por medio de la resolución general 4280.
Esta norma establece que aquellos que tramiten el CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria), deberán registrar la constitución del Domicilio Fiscal Electrónico como requisito previo al alta en los impuestos correspondientes, según publicó iProfesional.
Los sujetos deberán ingresar al servicio denominado "Domicilio Fiscal Electrónico" del sitio web de la AFIP (http://www.afip.gob.ar), utilizando la Clave Fiscal, debiendo además informar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular.
Una vez ya constituido el Domicilio Fiscal Electrónico, los contribuyentes y/o responsables podrán autorizar, a través del servicio con Clave Fiscal "Administrador de Relaciones", a una o más personas a acceder a las comunicaciones y notificaciones informáticas.
El Domicilio Fiscal Electrónico producirá en el ámbito administrativo los efectos del domicilio fiscal constituido, siendo válidas y plenamente eficaces las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones, que allí se practiquen.
Los documentos digitales que se trasmitan mediante el servicio "web" con Clave Fiscal "Domicilio Fiscal Electrónico" o por intercambio de información a través del "WebService" denominado "Consumir Comunicaciones de Ventanilla Electrónica (WSCCOMU)" gozarán de plena validez y eficacia jurídica, constituyendo medio de prueba suficiente de su existencia y de la información contenida en ellos.
Se podrán comunicar y notificar en el Domicilio Fiscal Electrónico, las citaciones, requerimientos, liquidaciones, intimaciones, emplazamientos, avisos, anuncios, comunicados, etc. de cualquier naturaleza emitidos por la AFIP.
Además, la institución dará aviso de las comunicaciones o notificaciones remitidas al Domicilio Fiscal Electrónico mediante mensajes enviados a la dirección de correo electrónico o número de teléfono celular informado por el contribuyente o responsable.