¿Cuánto cuesta el alquiler del auditorio Ángel Bustelo?

Se conocieron los nuevos precios para usar el emblemático auditorio de la Ciudad de Mendoza.

¿Cuánto cuesta el alquiler del auditorio Ángel Bustelo?

Por: Mendoza Post

 Menos de 500.000 pesos por día deberán pagar las productoras para ocupar el auditorio Ángel Bustelo para recitales. Así quedó establecido en una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, en el que se actualizaron los valores para usar este mítico espacio de Capital.

Específicamente, la jornada completa para "actividades con formato de recitales, espectáculos artísticos, almuerzos o cenas institucionales o empresariales o presentaciones de cualquier naturaleza, que impliquen el desarme de la sala", tendrá un costo de $456.000.

También se fijó una tarifa distinta para  las actividades que conserven el formato auditorio, "sin desarme de sala". En este caso, el alquiler del auditorio Ángel Bustelo, para una jornada completa, ascenderá a $354.725.

Por otra parte, también se estableció un valor diferente para  actividades con "formato de Ferias y Exposiciones". En este caso, la sala completa del auditorio, durante un día entero, tendrá un costo de $422.275.

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En la misma resolución del Ente Mendoza Turismo (EMETUR) se incluye un valor más bajo, para las tres modalidades de alquiler, si se va a usar sólo por media jornada

Mirá todos los detalles a continuación:

Tema: EX-2024-00050760-GDEMZA-EMETUR

Origen: ENTE MENDOZA TURISMO

Resolución Nro: 60

Fecha: 06-02-2024

MENDOZA, 06 DE FEBRERO DE 2024

VISTO el expediente EX-2024-00050760- -GDEMZA-EMETUR en el cual tramita el establecimiento de los costos a abonar por el desarrollo de actividades no académicas en los Auditorios "Ángel Bustelo" y "Raúl Vázquez" durante el año 2024 y;

CONSIDERANDO:

Que en orden 2 obra nota de elevación intervenida por funcionario competente, por medio del cual sugiere los nuevos aranceles para el alquiler de las salas del Auditorio "Ángel Bustelo" en las "Actividades no académicas". Asimismo, sugiere una estimación el 150% de aumento desde Enero a Junio del 2024;

Que en orden 3 se adjunta solicitud de actualización de para eventos no académicos del Centro de Congresos y Exposiciones Alfredo Bufano y se solicita aplique un 100% de aumento con respecto al 2023. También se sugiere que el mencionado canon esté sujeto a revisión en el mes de junio 2024;

Que en orden 6 interviene la Directora de Administración y otorga visto bueno al aumento de tarifas solicitado, siendo un 150% y 100% respectivamente hasta el mes de Junio de 2024, entendiendo necesaria una revisión de los mismos en dicha fecha vista la situación macroeconómica actual. Adjuntando como archivo de trabajo el detalle con los nuevos valores;

Que Asesoría Letrada emite dictamen correspondiente en orden 10;

Que en orden 13 obra nota de la Sra. Vicepresidente en la que solicita modificar las tarifas del Auditorio "Raúl Vázquez". En orden 15 toma de conocimiento por parte de la Dra. de Administración;

Por lo expuesto y de conformidad a lo establecido por los artículos 2, 4 inc. p), 5, 11 cc. y ss. de la Ley Nº 8.845 y Decreto N° 3.072/23;

LA PRESIDENTE

DEL ENTE MENDOZA TURISMO

R E S U E L V E:

Artículo 1º- El Auditorio "Ángel Bustelo" y el Auditorio "Raúl Vázquez" de San Rafael podrán ser usados en forma temporal y precaria, total o parcial, para las actividades no previstas en la Ley N° 9432 aplicándose los siguientes aranceles, por espacio y tiempo a utilizar y servicios a prestar, que a continuación se detallan:

AUDITORIO "Ángel Bustelo"

I. Actividades que conserven el formato auditorio, sin desarme de sala:

Sala Completa:

a) Jornada Completa $ 354.725

b) Media Jornada $ 284.625

Sala Norte (Escenario fijo):

a) Jornada Completa $ 284.625

b) Media Jornada $ 225.600

Sala Sur (Escenario móvil):

a) Jornada Completa $ 224.625

b) Media Jornada $ 157.925

II. Actividades con formato de recitales, espectáculos artísticos, almuerzos o cenas institucionales o empresariales o presentaciones de cualquier naturaleza, que impliquen el desarme de la sala:

Sala Completa:

a) Jornada Completa $ 456.000

b) Media Jornada $ 371.025

Sala Norte (Escenario fijo):

a) Jornada Completa $ 371.025

b) Media Jornada $ 294.725

Sala Sur (Escenario móvil):

a) Jornada Completa $ 306.225

b) Media Jornada $ 245.275

III. Actividades con formato de Ferias y Exposiciones:

Sala Completa:

a) Jornada Completa $ 422.275

b) Media Jornada

Sala Norte (Escenario fijo): $ 335.025

a) Jornada Completa $ 335.025

b) Media Jornada $ 267.350

Sala Sur (Escenario móvil):

a) Jornada Completa $ 278.875

b) Media Jornada $ 222.225

AUDITORIO "Raúl Vázquez"

I. Actividades que conserven el formato del auditorio, sin desarme de sala:

Sala completa para 1.000 personas:

a) Jornada Completa: $302.560

b) Media Jornada: $168.980

Sala completa para 500 personas

a) Jornada Completa: $168.290

b) Media Jornada: $101.000

II. Actividades con formato de recitales, espectáculos artísticos, almuerzos o cenas institucionales o empresariales o presentaciones de cualquier naturaleza, que impliquen el desarme de la sala:

Sala completa para 1.000 personas

a) Jornada Completa: $302.560

b) Media Jornada: $168.980

Sala completa para 500 personas

a) Jornada Completa: $168.290

b) Media Jornada: $101.000

Artículo 2º- Los horarios de las jornadas serán:

a) Jornada Completa de 08:00 a 24:00 hs.

b) Media Jornada

1. Mañana de 08:00 a 14:00 hs

2. Tarde de 15:00 a 24:00 hs

Si la actividad se extiende pasadas las 24:00 hs y hasta las 03:00 hs corresponderá el cobro adicional del veinte por ciento (%20) del canon, por el uso de la sala y jornada solicitada, pero si se extendiese a más de las 03:00 hs deberá abonarse el cincuenta por ciento (%50).

Artículo 3º- La Sala se entregará al organizador/productor armada en formato auditorio, previa entrega de planimetría al Coordinador del Auditorio. Cualquier requerimiento especial, fuera del formato mencionado (entiéndanse pasarelas para desfiles, mesas para almuerzos/cenas, escenografías, etc.) quedará a cargo de quien contrata la Sala debiendo seleccionar a empresas destinadas a tales fines debidamente habilitadas, con personal asegurado y en concordancia con la Reglamentación del Sindicato Único de Trabajadores del Espectáculo Público (S.U.T.E.P.).

Artículo 4º Los montos establecidos en el artículo primero de la presente resolución tendrán vigencia hasta el 30 de junio del 2024.

Artículo 5º- Comuníquese, dése al Registro de Resoluciones y archívese.

GABRIELA TESTA

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