La AFIP recordó que el beneficio está activo hasta el 30 de junio. Si se cumplen las condiciones, el reintegro se deposita de forma automática.
Quiénes pueden pedir la devolución del 15% de compras con débito
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recordó esta semana que todavía sigue vigente el beneficio que consiste en un reintegro del 15% del monto total de los consumos con tarjetas de débito que realicen los sectores considerados vulnerables.
Específicamente, el reintegro aplica para aquellas personas que cobran el haber mínimo de jubilación, de pensión por fallecimiento o pensión no contributiva nacional (invalidez, vejez, madre de 7 o más hijos, entre otros) o son titulares de Asignaciones Universales por Hijo (AUH) o Embarazo (AUE).
"Las compras con tarjeta de débito realizadas por personas jubiladas y pensionadas que perciben el haber mínimo acceden a un reintegro del 15%. También beneficia a titulares de AUH y AUE", puntualizó el ente recaudador a través de su cuenta de Twitter. De acuerdo con la AFIP, la medida tendrá vigencia hasta el próximo 30 de junio y para acceder al reintegro es necesario utilizar la tarjeta de débito donde se cobra la jubilación o la asignación.
Qué compras están incluidas
El régimen de reintegro, que es mensual y tiene un tope de $2.400, alcanza a las compras realizadas por las personas beneficiarias con tarjetas de débito en farmacias y en comercios dedicados a la venta minorista como a la venta mayorista que facturen a consumidores finales, resumió el portal Infobae.
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Asimismo, la AFIP señaló que se deberá tener en cuenta las siguientes consideraciones:
1) la tarjeta de débito debe estar asociada a la cuenta bancaria de un jubilado, pensionado o titular de asignaciones universales por hijo o embarazo.
2) El comercio debe estar inscripto en la AFIP con alguno de los códigos de actividad.
3) El régimen también incluye a las transferencias mediante tarjetas de débito que operen bajo la modalidad de pago electrónico inmediato como así también los pagos con tarjeta de débito realizados por medio de códigos de respuesta rápida (QR).
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Monto máximo de reintegro y plazo para acreditarlo
La Administración Federal de Ingresos Públicos especificó que se reintegrará el 15% del importe total abonado, siempre que no supere los $ 1.200 por mes y por beneficiario. En tanto, en caso de percibir dos o más asignaciones, el reintegro no podrá superar los $2.400 por mes.
El reintegro se efectuará de manera automática en la cuenta bancaria de quien percibe el beneficio. El horario del mismo dependerá del horario en que se realizó la compra.
Cómo saber si se está incluido en el beneficio
Para ver si una persona es beneficiaria del reintegro, se puede consultar ingresando con el CUIL al siguiente link.