Es por los daños y perjuicios ocasionados por la explotación hidrocarburífera en las cuencas Cuyana y Neuquina. Cómo son las subas y por qué.
Petroleras deberán duplicar su resarcimiento a productores de Mendoza
La Secretaría de Energía y la Secretaría de Bioeconomía resolvieron este viernes, en conjunto, oficializar el aumento de las indemnizaciones emergentes por los daños y perjuicios en tierras del secano producto de las actividades hidrocarburíferas en la cuencas Cuyana y Neuquina.
Según expresa el documento, "la Asociación Argentina de Propietarios y Superficiarios Afectados por la Explotación Hidrocarburífera, Minera y Eléctrica (AASEP) solicitó con fecha 3 de julio de 2023, la actualización de los valores indemnizatorios en concepto de servidumbres mineras, daños y perjuicios y gastos de control y vigilancia, respecto de los inmuebles afectados por las actividades hidrocarburíferas que se desarrollan en las Cuencas Cuyana y Neuquina, ubicadas en las Provincias del NEUQUÉN, MENDOZA, RÍO NEGRO, LA PAMPA, SAN JUAN y SAN LUIS y zonas limítrofes".
Esto es porque en ambas cuencas se distinguen tierras de secano y tierras "bajo riego", estas últimas deben ser consideradas y sus propietarios resarcidos mediante cuentas culturales, según lo expresa el decreto 861 del año 1996.
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Esta legislación, que reemplazó a un decreto de 1993, explica que "es necesario que el productor agropecuario reciba una adecuada retribución por la ocupación de su propiedad y los daños causados a las explotaciones que en ellas se desarrollen.
Claro, en 1993, por ejemplo, la inflación acumulada de todo el año fue del 2,01%, por lo que esa actualización tardó recién tres años en modificarse. Los índices actuales obligan a ajustes con menos intervalos pero el objetivo es el mismo: conciliar la superposición de las actividades agropecuarias y petroleras.
Así, el secretario de Energía y el secretario de Bioeconomía resolvieron aumentar en diferentes porcentajes según la zona, si es menos o más afectada.
El aumento por Zona
-Zona A un 117,62% (comprende localidades de Río Negro, La Pampa y Neuquén.
-Zona B un 104,72% (incluye a localidades de Río Negro, Neuquén y suma a la Precordillera de Mendoza).
-Zona C un 44,96% (San Juan y los departamentos mendocinos de Las Heras, Luján, Tuúngato, Maipú, Tunuyán, San Carlos, Rivadavia, Mendoza, San Martín, Lavalle, Santa Rosa y La Paz).
-Zona D un 44,38% (San Rafael, Malargüe y General Alvear)
*En los departamentos de Mendoza deben excluirse las zonas de Precordillera que están comprendidos dentro de otra zona.