Las bases de un año que comienza con algunos gravámenes por definir.
Impuestos 2021: calendario, bases, pagos y mínimo no imponible
En el comienzo del 2021 todavía no está definido cuales serán los valores de las facturaciones máximas y de los aportes a pagar por los monotributistas. El tema está en manos del Congreso, después de que desde el Gobierno decidieran enviar un proyecto de ley que busca disponer que el incremento sea equivalente a la suba del año pasado del haber mínimo, 35,3%.
Otra novedad es que las bases del impuesto a los Bienes Personales no fueron actualizados. Teniendo en cuenta eso, la carga fiscal del 2020 (se paga a mediados del 2021) tendrá los parámetros del 2019. Con una inflación de alrededor de 36% y un incremento de 43,5% en el valor del dólar de referencia para la declaración impositiva, más personas quedarán obligadas a pagar el tributo. Y entre quienes ya lo abonaban, habrá quienes se verán afectados por tener que afrontar una alícuota más elevada.
El Impuesto a las Ganancias ya tuvo modificaciones. Se ajustaron un 35,38% en la base respecto a los vigentes en 2020. Según reflejó La Nación, el mecanismo de actualización automática dispuesto por la ley 27.346, aprobada a fines de 2016, consiste en aplicar a los montos del esquema impositivo el porcentaje de la variación entre los meses de octubre previos registrada por la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), un indicador de salarios formales que difunde la Secretaría de Seguridad Social.
El cierre de 2020
Los asalariados tienen tiempo hasta el 31 para declarar deducciones, pagos a cuenta y situaciones de pluriempleo. El trámite es online y el formulario se completa ingresando a la página de la AFIP y clikeando en el servicio interactivo llamado "Siradig-Trabajador".
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Quienes estén inscriptas en el impuesto tendrán que pagar entre el 11 y el 16 de junio, según lo publicado por la AFIP, en tanto que las declaraciones de carácter informativo que tienen que hacer los asalariados con un determinado nivel de ingresos se podrán presentar hasta el 30 de junio.
Las deducciones posibles
El gravamen se calcula sobre los ingresos netos de aportes a la seguridad social y de los montos deducibles generales que establece la ley.
* Hijos: deben ser menores de 18 años o estar incapacitados para el trabajo. Por 2020 la deducción anual fue de $58.232,65, en tanto que en 2021 es de $78.833,08.
* Cónyuge: no debe tener ingresos propios o, de tenerlos, deben ser muy bajos. Lo deducible por 2020 fue de $115.471,38, mientras que por 2021 es de $156.320,63.
* Alquiler: se deduce el 40% de lo pagado, con un tope de $167.678,40 por 2021 (fue de $123.861,17 en 2020). Debe ser para vivienda.
* Intereses de créditos hipotecarios: se deducen $20.000 al año.
* Servicio doméstico: se consideran salarios y contribuciones, con un tope anual de $167.678,40 en 2021 (y de $123.861,17 en 2020).
* Honorarios por servicios médicos: se deduce el 40% de lo pagado, con un límite equivalente al 5% del salario neto.
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* Cuotas de medicina prepaga: se informa lo abonado pero, al calcular el impuesto para hacer la retención, se aplica un tope que equivale al 5% de la ganancia neta
* Seguros de vida y planes de retiro: por 2020 la deducción por cada concepto tuvo un tope de $18.000; la AFIP aún no confirmó el de 2021, que sería de $24.000.
* Gastos de sepelio: solo es deducible una cifra de $996,23 (que lleva décadas sin actualización).
* Donaciones al fisco o a entidades autorizadas para este fin por la AFIP: el tope equivale al 5% de la ganancia neta del trabajador.
* Gastos por indumentaria y equipamiento: la deducción aplica si los pagó el empleado, sin reintegros.
Quiénes tributan este año
Comenzarán a pagar Ganancias quienes tengan un ingreso promedio de al menos $78.810 si se trata de personas solteras. En caso de personas con cónyuge y dos hijos, el piso del salario es de $98.963. Si se deduce a dos hijos, el menor salario alcanzado es de $86.938 y si se declara un hijo, de $80.874.
En todos los casos, las cifras corresponden al promedio mensual para todo el año, son netas de los descuentos con destino a la seguridad social e incluyen el proporcional del aguinaldo.
Para los jubilados, a partir de una reforma legal de 2017 y con el cumplimiento de algunos requisitos, rige un mínimo no imponible especial, que equivale a seis veces el haber mínimo. Durante este mes y el próximo esa cifra es de $114.211,74.