"Ingresos Personales": ¿a partir de qué sueldos se empieza a pagar?

El nuevo esquema del impuesto a las Ganancias a partir de la sanción del Capítulo Fiscal de la Ley de Bases, establece los mínimos no imponibles.

"Ingresos Personales": ¿a partir de qué sueldos se empieza a pagar?

Editó: Ana Montes de Oca

En los próximos días, la AFIP deberá publicar las nuevas escalas y deducciones del Impuesto a los Ingresos Personales, luego de la sanción de la ley 27.743 sancionada por el Congreso junto con la denominada Ley Bases. 

De acuerdo con la normativa aprobada, y basándose en los datos de inflación relevados por el INDEC para los meses de junio (4,6%), julio (4%) y agosto (4,2%), los nuevos mínimos no imponibles se elevarán de manera significativa:

- $2,03 millones brutos para los solteros.

- $2,6 millones para trabajadores casados con dos hijos.

Estos nuevos valores regirán hasta fin de año y determinarán el umbral bajo el cual los asalariados no estarán sujetos a retenciones por el impuesto.

El ajuste, que es excepcional para este año, responde a la evolución de la inflación en el trimestre junio-agosto y busca evitar que el aumento de precios cause un desfasaje en las escalas impositivas. Este rediseño impositivo también contempla una actualización semestral por inflación a partir de 2025, con ajustes previstos en enero y julio.

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Estos cambios se aplicarán a los salarios percibidos entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2024. Las empresas no podrán realizar las nuevas liquidaciones hasta que la AFIP publique las escalas y deducciones actualizadas, aunque se pueden hacer cálculos preliminares.

Aquellos trabajadores que hayan recibido su salario de septiembre antes del 5 de ese mes verán un reajuste en su próxima liquidación, pero no habrá devolución retroactiva inmediata de lo retenido en meses anteriores. En su lugar, esta corrección se aplicará en la liquidación anual de marzo de 2025, donde se recalculará el impuesto sobre todo el año, ajustando lo pagado desde enero de 2024.

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