El cuadro de acuerdo con cada empresa.
Impuesto a las Ganancias: desde cuándo rige la baja para empresas
Desde el 1 de enero próximo, las empresas que inicien sus ejercicios a partir de esa fecha van a empezar a tributar una alícuota del Impuesto a las Ganancias del 25% debido a que volverá a regir el cronograma de reducción aprobado por el Congreso en la Reforma Tributaria del 2017, según informó el portal iProfesional.
En diciembre de 2017 el Congreso aprobó la ley 27.430 de Reforma Tributaria, que establecía un cronograma de reducción de rebaja en la alícuota del impuesto a las ganancias. Era una de las medidas prometidas por el entonces gobierno de Mauricio Macri a los empresarios.
Respecto de las personas físicas, el mínimo no imponible (MNI) para el pago del Impuesto a las Ganancias subirá 35,38% a partir de enero de 2021. De esta manera, un empleado soltero que gane más de $74.810 netos al mes comenzará a tributar este impuesto, mientras que un empleado casado con dos hijos lo hará a partir de los 98.963,20 pesos, informó Télam.
Estos umbrales podrán modificarse, de contar los contribuyentes con algún tipo de deducción familiar que se pueda realizar.
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Esta actualización se encuentra casi 10 puntos porcentuales por debajo de la establecida para 2020, la cual fue de 44,28%, y que llevó a los empleados solteros a tributar a partir de un neto de $55.261 al mes, mientras que para los casados el umbral de pago se elevó a $64.415 con un hijo, y a $73.014 pesos si tenían dos.
A partir de 2021, un soltero sin hijos pagará ganancias a partir de un sueldo bruto de $90.135 (neto antes de ganancias de $74.812); y un casado con dos hijos y esposa que trabaja (con sueldo neto superior a $12.898) lo hará a partir de un sueldo bruto de $104.748 (neto antes de ganancias de $86.941), mientras que un empleado con esposa sin ingresos (o sueldo neto menor a $12.898) deberá hacerlo a partir de un sueldo bruto de $119.236 (neto antes de ganancias de $98.996).
Las principales deducciones en el Impuesto a las Ganancias 2021 quedarán de la siguiente manera:
-Mínimo no imponible: $167.678
- Cónyuge: $156.320
- Hijo/a: $78.833
- Deducción Especial: $804.856
El Impuesto a las Ganancias es un impuesto progresivo, que aplica tasas sucesivamente mayores a medida que el trabajador va pasando a escalas superiores de ingreso.
Las alícuotas se aplican sobre cada tramo, de modo de hacer progresivo el impuesto y evitar que un aumento salarial sea absorbido íntegramente por el fisco.
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