En marzo de 2024, la suma pasó de $55 mil a $70 mil. Doce meses después, el Gobierno confirmó que no se moverá de esa cifra. ¿En cuánto quedó la jubilación de marzo?
Un año congelado: el bono para jubilados seguirá siendo de $70 mil
El Gobierno confirmó este viernes que los beneficiarios de la jubilación mínima volverán a cobrar un bono de $70.000 en marzo. La noticia confirma que sigue el congelamiento de la suma extraordinaria.
Es que hace un año, en marzo de 2024, el bono para jubilados pasó de $55 mil a $70 mil, y ahí se ha mantenido todo este tiempo.
En cuánto queda la jubilación
De esta manera, las jubilaciones mínimas durante este mes serán de $349.121. Esto surge de la suma del bono y el haber básico para el tercer mes del año, que quedó fijado en $279.121,71. El incremento del básico este mes fue de 2,21%, determinado en línea con la inflación de enero.
Los jubilados que por la suma de todas sus prestaciones vigentes cobren más de $279.121,71 pero queden por debajo de $349.121, cobrarán un bono igual a suma necesaria hasta alcanzar esa cifra. Por ejemplo, si cobran $300 mil de jubilación básica, el bono que les corresponderá será de $49.121.
Con la ayuda previsional confirmada, las jubilaciones más bajas pasarán de $343.086 a $349.121.
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Desde que asumió la presidencia Javier Milei, se otorgaron dos bonos de $55.000 en los primeros dos meses del 2024 y desde marzo del año pasado en adelante se actualizó a $70.000.
A quiénes les corresponde el bono de $70.000 en marzo
Según informó el Gobierno, el bono previsional será otorgado a:
a. Las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, de regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, cuya movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y de las prestaciones del régimen establecido por el Decreto Nº 160/05.
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b. Las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260 y sus modificatorias.
c. Las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.