Desde 2019, se obliga a las agencias de cambio a informar una serie de datos: pero no a todas.
Qué información tiene AFIP si comprás criptomonedas
Las operaciones financieras con criptomonedas son cada vez más comunes: de hecho, Argentina se encuentra en la novena posición a nivel mundial, pese a no contar con un marco legal y ser calificadas como de "riesgo e inestables" por el BCRA.
Sin embargo, no es ilegal operar con este tipo de activos en el mercado local.
Los ahorristas se han volcado a este tipo de moneda en el último tiempo, ante la depreciación del peso y para poder sacar mayor ganancia al dólar.
De acuerdo al último reporte de Chainalysis y Financial Times, los criptoactivos se consolidan en los mercados emergentes, y el país ya se ubica en noveno lugar a nivel mundial en "intensidad de adopción", señala el sitio Info Technology.
"Inflación impredecible, tipos de cambio inestables, sistemas bancarios ineficientes y caros, restricciones financieras, incertidumbre regulatoria y amenaza de controles de capital, son todos factores que socavan las monedas locales", apunta el portal de economía norteamericano al dar cuenta de los escenarios donde las billeteras digitales avanzan en atractivo.
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Al no existir regulación acerca de la utilización de criptomonedas en el derecho argentino, su implementación se encuentra contemplada por el artículo 19 de la Constitución Nacional, aunque esta jurisdicción deviene de la ausencia de reglamentación, por lo que se interpreta como "lo que no está prohibido está permitido". Sin embargo el BCRA y la Comisión Nacional de Valores fijaron postura sobre su operatoria.
Qué información tiene AFIP si compro criptomonedas
A partir de noviembre de 2019, mediante la resolución 4614/2019 se obliga a las agencias de cambio del país a informar una serie de datos de los usuarios dentro de los cuales incluyen saldos en criptomonedas, cantidades de operaciones y movimientos acontecidos en las cuentas.
"Esto nos lleva a pensar que AFIP tiene en cuenta estas situaciones en sus bases de datos al momento de realizar controles a los contribuyentes", advierten desde el portal blogdelcontador.com.ar.
Sin embargo, el régimen de información sólo contempla a exchanges "ubicados" en Argentina, es decir, aquellos que tengan un número de CUIT y estén inscriptos como contribuyentes como por ejemplo Buenbit. Por el contrario, si la casa de cambio digital no está radicada en el país, no tendría la obligación de cumplir con estos requisitos y es por ello que el fisco aún no cuenta con información de portales que no están radicados en el país, como sería el caso de Binance.
"ARTÍCULO 3°.- Los sujetos que administran, gestionan, controlan o procesan movimientos de activos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales, por cuenta y orden de personas humanas y jurídicas residentes en el país o en el exterior, incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago, deberán cumplir con un régimen de información con relación a:
a) La nómina de cuentas con las que se identifican a cada uno de los clientes, así como las altas, bajas y modificaciones que se produzcan.
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b) Los montos totales expresados en pesos argentinos de los ingresos, egresos y saldo final mensual de las cuentas indicadas en el inciso a).
De tratarse de montos expresados en moneda digital o criptomoneda deberá efectuarse la conversión a su equivalente en moneda de curso legal, aplicando el último valor de cotización -tipo comprador- que, para la moneda digital o criptomoneda de que se trate, haya fijado el sujeto obligado al régimen, al último día del mes que se informa", apunta el artículo 3 de la resolución.