Este lunes, un proyecto de ley se presentará en la Legislatura mendocina. Allí, se permitirá la habilitación de la plataforma Uber, entre otros cambios.
El proyecto que permitiría "entrar" a Uber a Mendoza
Este lunes, cerca de las 9 de la mañana, dará comienzo en Mendoza la discusión menos esperada.
Tiene que ver con el siempre inquietante servicio de taxis Uber, cuestionado en diversos puntos del planeta Tierra. Incluso no tan lejos, en la siempre mística Capital Federal.
Un proyecto de ley impulsado por el oficialismo provincial, al que tuvo acceso el Post, intentará obrar el milagro.
Para quienes desconocen cómo funciona Uber, así lo define la propia plataforma: “Funciona de forma similar a la de los taxis convencionales pero con conductores particulares no profesionales. De este modo, permite que cualquier conductor, aprobado previamente por la compañía y siguiendo ciertos requisitos, ofrezca su vehículo particular para transportar gente”.
No obstante el debate respecto de Uber, el espíritu del texto que hoy ingresará a la Legislatura es más abarcativo: busca establecer un marco regulatorio que aglutine a todo el transporte en Mendoza y, a su vez, establecer nuevas categorías.
La primera novedad es que, de acuerdo al artículo 7 del proyecto, tanto los taxis como los remises, pasarán a ser considerados “transporte de pasajeros de interés general”.
Ver además: Un carabinero le disparó a conductor de Uber por tratar de eludirlo
Ello es ampliado en el artículo 34, que añade un nuevo tópico: el de las “mandatarias”, personas jurídicas que podrán administrar hasta 200 taxis.
“El servicio será prestado por particulares en forma individual o bajo el sistema de mandatarias mediante el perfeccionamiento del correspondiente permiso de explotación otorgado por el poder concedente, previa acreditación de cumplimiento de los recaudos que fija esta Ley y el Decreto Reglamentario de la misma”, sostiene ese punto, cuyos detalles están ampliados en el número 38.
Luego aparece el artículo que promete escándalo, el 52, que permite la habilitación de Uber, a través de lo que se denomina “servicio de transporte privado a través de plataformas electrónicas”.
Así se describe en el proyecto de marras: “Es el servicio que con base en el desarrollo de tecnologías de dispositivos móviles, utilizando el sistema de posicionamiento global y plataformas independientes, permite conectar a usuarios que lo demanden, punto a punto, con conductores que ofrecen dicho servicio mediante el uso de la misma aplicación”.
Para justificar la movida, la norma advierte que “este transporte oneroso de pasajeros constituye una actividad privada de interés público cuyo cumplimiento se regirá por las disposiciones de la presente sección y por la reglamentación que al efecto dicte la Autoridad de Aplicación”.
A su vez, puntualiza en que “deberán los prestatarios cumplir con el pago de las tasas de contraprestación y las obligaciones impositivas que determine dicha normativa”.
A efectos de justificar su propio espíritu, en sus considerandos el proyecto hace referencia a la Ley Nº 6082 “de Tránsito y Transporte”, sancionada el 28 de octubre de 1993, a la cual califica de “desactualizada, anárquica y desmembrada”.
En tal sentido, advierte que su “objeto” es el de “actualizar y completar el Marco Regulatorio del Transporte en nuestra Provincia, conservando los principios establecidos en la Ley Nº 6082, logrando un texto coherente que contemple las nuevas y distintas formas en la prestación del transporte de pasajeros y cargas; y brindar reglas claras para su prestación, terminando con el actual embrollo normativo reinante en la materia, lo cual suscita inseguridad jurídica que pone en riesgo los derechos de los usuarios”.
Anticipándose de alguna manera a los cuestionamientos que eventualmente aparecerán en el mediano plazo, la norma advierte que se debe “ampliar la oferta, sentando reglas claras que permitan garantizar a prestadores y usuarios los derechos de competencia y subsidiaridad que por aplicación del artículo 42 C.N., tienen rango Constitucional”.
Allí se asegura que “los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho… a la libertad de elección… Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos… a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales…”.
Y como frutilla del postre, el proyecto advierte que “la libre competencia implica la aptitud de los prestadores de estos servicios para rivalizar entre sí, derivada de la libertad económica de raigambre constitucional (art. 14)”.
Tantas advertencias son preludio de lo que vendrá. Ciertamente no será sencilla la eventual llegada de Uber a Mendoza. A ese respecto, hay dos espejos que refieren a lo que podría ocurrir en la provincia.
Uno es el que se vive en Buenos Aires, donde una horda de taxistas se ha organizado para destrozar —literalmente— los vehículos de aquellos que deciden adherirse a esa plataforma.
El otro espejo es el de Chile, donde hace unos días un carabinero disparó dos tiros a un conductor de Uber, en el marco de una escalada que no cesa.
A pesar de todo lo antedicho, no será este el único conflicto por venir: si se llegara a aprobar, el proyecto de marras permitirá el “blanqueo” de puntuales remises “truchos” de la provincia. A su vez, se abriría la posibilidad de que se otorguen nuevas licencias de taxis.
Ante el panorama que se avecina, ya mismo pueden alquilarse balcones.